Requisitos para acceder al Monotributo Social
El Monotributo Social es un régimen tributario que permite a trabajadores independientes en situación de vulnerabilidad socioeconómica formalizar su actividad económica, emitir facturas, acceder a una cobertura de salud e ingresar al sistema jubilatorio.
Para acceder a este régimen, es necesario cumplir con una serie de requisitos específicos:
Requisitos generales
- Edad: Ser mayor de 18 años.
- Actividad económica: Desarrollar una única actividad económica independiente, ya sea productiva, comercial o de servicios, incluida en el Clasificador de Actividades Económicas (CLAE) – Formulario AFIP N° 883, en su versión abreviada.
- Ingresos brutos anuales: Contar con un ingreso bruto anual inferior a $7.813.063,45.
- Propiedad de bienes:
- Inmuebles: Ser propietario de hasta dos bienes inmuebles, siempre que uno de ellos esté afectado al emprendimiento productivo.
- Muebles registrables: Ser propietario de hasta un máximo de tres bienes muebles registrables.
- Profesión: No ser profesional universitario en ejercicio de su profesión como actividad económica principal.
- Empleo: No ser empleador ni titular de acciones o cuotas partes de sociedades comerciales.
- Ingresos declarados: Los ingresos deben provenir únicamente de la actividad económica declarada, sin considerar prestaciones compatibles otorgadas por organismos nacionales, provinciales o municipales.
- Residencia: Ser argentino (nativo, naturalizado o por opción) o extranjero con residencia permanente o temporaria.
Documentación necesaria para la inscripción
- Documento Nacional de Identidad (DNI): Presentar el DNI vigente
- Obra social: Al momento de la inscripción, se debe conocer la obra social a la que se desea afiliar y si se incorporará al grupo familiar.
- Grupo familiar: Si se desea adherir al grupo familiar, presentar el DNI de cada integrante y la documentación que acredite el vínculo (partida de nacimiento, acta de matrimonio, etc.).
Consideraciones adicionales
- Obra social: Es obligatorio seleccionar una obra social al momento de la inscripción. Se recomienda investigar previamente las opciones disponibles para elegir la que mejor se adapte a las necesidades personales y familiares.
- Pago mensual: A partir de febrero de 2025, el costo mensual del Monotributo Social es de $8.358,16. Si se incorpora al grupo familiar, se deberá abonar dicho importe por cada integrante.
- Medios de pago: El primer pago debe realizarse presencialmente en una sucursal del Banco Nación, Provincia, Ciudad o Macro. Los pagos posteriores pueden efectuarse por transferencia electrónica, pago telefónico con tarjeta de crédito, débito automático de cuenta bancaria, pago a través de billeteras electrónicas o en cualquier cajero automático Banelco o Link con tarjeta de débito.
- Declaración Jurada de Salud: Una vez realizado el primer pago, se debe presentar en una oficina de ANSES, sin turno, la Declaración Jurada de Salud (Formulario 300/97).
👉 Cumplir con estos requisitos y seguir el procedimiento adecuado te permitirá acceder al Monotributo Social , formalizando tu actividad económica y accediendo a beneficios como la cobertura de salud y aportes jubilatorios
Monotributista promovido: ¿Qué significa y cómo cambiar de categoría?
El Monotributo Promovido es un régimen especial de inclusión social y promoción del trabajo independiente en Argentina. Está destinado a trabajadores que requieren un mayor impulso para integrarse en la economía formal y acceder a igualdad de oportunidades.
Este régimen exime del pago del componente impositivo y permite realizar aportes jubilatorios mediante una cuota mensual basada en los ingresos brutos mensuales.
¿Cuándo un monotributista social pasa a promovido?
El Monotributo Social y el Monotributo Promovido son regímenes distintos. El Monotributo Social está orientado a personas en situación de vulnerabilidad socioeconómica, mientras que el Monotributo Promovido se dirige a trabajadores independientes que buscan formalizar su actividad con beneficios específicos.
No existe un proceso automático de transición del Monotributo Social al Promovido; sin embargo, un monotributista social puede optar por inscribirse en el Monotributo Promovido si cumple con los requisitos establecidos para este régimen.
Beneficios y obligaciones del monotributista promovido
Beneficios:
- Exención del componente impositivo: Los monotributistas promovidos están exentos del pago del impuesto integrado mensual del monotributo.
- Cuota de inclusión social: En lugar de los aportes jubilatorios estándar, se abona una cuota equivalente al 1% de los ingresos brutos mensuales durante los primeros 36 meses desde la adhesión al régimen. Después de este período, la cuota asciende al 2,5%.
- Acceso a obra social: Los monotributistas promovidos pueden optar por acceder a las prestaciones de una obra social tanto para sí mismos como para su grupo familiar primario, abonando la suma correspondiente a la categoría A del monotributo. afip.gob.ar+3afip.gob.ar+3afip.gob.ar+3
Obligaciones:
- Pago de la cuota mensual: Abonar puntualmente la cuota de inclusión social hasta el día 20 de cada mes.
- Facturación adecuada: Emitir facturas clase “C” con la leyenda “Monotributo trabajador independiente promovido” a través del facturador para monotributistas o mediante el servicio con clave fiscal “Comprobantes en línea”. También pueden optar por talonarios de facturación manual.
- Cumplimiento de requisitos: Mantener las condiciones de adhesión al régimen, como no superar los límites de ingresos brutos establecidos y no ser empleador.
¿Cómo hacer la transición al régimen general?
Si un monotributista promovido incrementa sus ingresos o modifica su situación laboral, es posible que deba transitar al régimen general del monotributo. Para ello, deberá:
- Evaluar su situación fiscal: Determinar si sus ingresos brutos anuales exceden el límite establecido para el Monotributo Promovido.
- Realizar la recategorización: Ingresar al portal de ARCA con clave fiscal y efectuar la recategorización correspondiente al régimen general del monotributo.afip.gob.ar
- Actualizar obligaciones: Adaptarse a las nuevas obligaciones fiscales y previsionales que correspondan a su nueva categoría en el régimen general.